Introducción
Los Valores y el Código de Ética de ISSUP deben ser observados y respetados por todos los miembros en todos y cada uno de los aspectos de su conducta profesional. Al observar el Código de Ética de ISSUP sus miembros demuestran su voluntad y compromiso de adherirse a los valores y principios que definen el profesionalismo y la conducta ética.
Cualquier miembro de ISSUP que entre en conflicto con nuestros Valores y Código de Ética será informado y potencialmente eliminado como miembro.
La membresía de ISSUP NO es una prueba de práctica ética. La membresía está abierta a todos. ISSUP no evalúa el mérito de los trabajadores individuales. Se recomienda consultar los requisitos de licencia nacional para garantizar la profesionalidad de las personas.
Es importante que la investigación, las políticas y las prácticas que se llevan a cabo en el campo de la prevención, el tratamiento y el apoyo a la recuperación del uso de sustancias se realicen dentro de un marco internacional de código de conducta ético que oriente todos los aspectos del trabajo.
Valores de los miembros de ISSUP
- Respeto
- Inclusión
- Seguridad pública
- Competencia
- Desarrollo continuo
- Diversidad
- Equidad
- Transparencia
- Aceptación
- Autocuidado
- Unidad
Principios éticos de ISSUP
ISSUP ha emitido los siguientes principios para que sus miembros los cumplan:
Principio 1 - Cumplimiento de los derechos humanos
Los miembros de ISSUP se dedican a defender y promover los principios y estándares de derechos humanos en su trabajo. Respetan los derechos inherentes, la dignidad y el valor de todas las personas, independientemente de su origen, identidad, raza, sexo, nacionalidad, etnia, idioma, religión o cualquier otra condición. El cumplimiento de los derechos humanos implica garantizar la no discriminación, la igualdad de trato, la privacidad, la autonomía, el consentimiento informado y el derecho a acceder a la atención y el apoyo adecuados para las personas afectadas por el uso de sustancias.
Principio 2 - Compromiso con evidencia de alta calidad
Los miembros de ISSUP dan prioridad al uso de evidencia confiable, válida y actualizada en su toma de decisiones, investigaciones y prácticas. Reconocen la importancia de basar sus acciones, recomendaciones e intervenciones en la mejor evidencia disponible procedente de la investigación científica, la literatura académica y los datos empíricos relevantes. El compromiso con la evidencia de alta calidad promueve el uso de enfoques, intervenciones y estrategias basados en evidencia.
Principio 3 - Prevención de daños
Los miembros de ISSUP se comprometen a dar prioridad al bienestar, la seguridad y la protección de las personas y las comunidades con las que trabajan. Reconocen y abordan los riesgos potenciales y las consecuencias negativas asociadas con el uso de sustancias, y cualquier práctica o política que no minimice y prevenga el daño. Los miembros de ISSUP se esfuerzan por crear entornos que promuevan la salud, el bienestar y la resiliencia, minimizando al mismo tiempo el impacto negativo del uso de sustancias en las personas y las comunidades. También reconocen el daño que algunas prácticas, investigaciones y políticas pueden causar y, por lo tanto, se aseguran de que sus actividades se basen en pruebas y no sean perjudiciales.
Principio 4 - No discriminación
Los miembros de ISSUP se comprometen a tratar a todas las personas de manera justa, con respeto e igualdad, sin importar su raza, etnia, género, edad, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra característica. La no discriminación garantiza que los servicios, las intervenciones e interacciones se proporcionen sin sesgos, estigmas o prejuicios, promoviendo la inclusividad y el acceso igualitario al cuidado y apoyo.
Principio 5 - Confiabilidad
Los miembros de ISSUP dan prioridad al desarrollo y el mantenimiento de la confianza con el público destinatario, las partes interesadas, los clientes, los colegas y la comunidad en general. Esto implica demostrar que hay honestidad, integridad y confianza en todas las actividades profesionales; ser transparente sobre las calificaciones, experiencias y limitaciones; y el cumplimiento de la ética y los estándares profesionales. La confiabilidad fomenta las relaciones profesionales sólidas y mejora la efectividad de las intervenciones relacionadas con el uso de sustancias.
Principio 6 - Responsabilidades profesionales y estándares en el lugar de trabajo
Los miembros de ISSUP reconocen las responsabilidades profesionales y se comprometen a mantener estándares en el lugar de trabajo que promuevan la conducta ética, la rendición de cuentas y la prestación de servicios de calidad. Los miembros de ISSUP mantienen límites profesionales adecuados, garantizando que las relaciones con los clientes se basan en la confianza, el respeto y los objetivos terapéuticos. Evitan conflictos de interés y se abstienen de entablar relaciones duales que puedan comprometer el bienestar o la objetividad del cliente.
Los miembros de ISSUP se comprometen a fomentar un entorno libre de acoso. El acoso se define como cualquier forma de comportamiento no deseado que representa violencia emocional o física. Puede manifestarse de varias formas, incluyendo acciones verbales, físicas o visuales que crean un ambiente intimidante, hostil u ofensivo para la persona que lo experimenta. Los miembros de ISSUP se adhieren a las políticas, procedimientos y directrices del lugar de trabajo establecidas por su organización. Cumplen con los requisitos legales y reglamentarios, garantizando que su práctica se ajusta a los estándares de la organización.
Principio 7 - Requisitos legales
Los miembros de ISSUP cumplen con las leyes y reglamentos aplicables. Garantizando que sus prácticas e intervenciones cumplan con los estándares y obligaciones legales en su país.
Principio 8 - Confidencialidad
Los miembros de ISSUP salvaguardan la privacidad y confidencialidad de aquellos con los que están trabajando, manteniendo estrictos procedimientos y políticas de confidencialidad.Respetan los derechos de las personas a la confidencialidad, solicitando el consentimiento informado para la divulgación de información y compartiendo datos sólo cuando está legal y éticamente permitido.
Principio 9 - Protección de datos
Los miembros de ISSUP adoptan las medidas necesarias para proteger la confidencialidad , integridad y seguridad de los datos y la información de las personas, garantizando el cumplimiento de las normas y directrices de protección de datos pertinentes y observando las mejores prácticas cuando no existan regulaciones.
Principio 10 - Inclusividad
Los miembros de ISSUP adoptan la diversidad y la inclusión en sus prácticas, reconociendo y respetando las diferencias culturales, sociales e individuales de los clientes. Se esfuerzan por crear un entorno acogedor, sin prejuicios y sensible a las necesidades de poblaciones diversas, promoviendo la igualdad de acceso a los servicios y abordando las barreras a la atención.
Principio 11 - Inclusión de partes interesadas
Los miembros de ISSUP involucran a la partes interesadas pertinentes, incluyendo a los clientes, el público destinatario, las comunidades y los profesionales, en el desarrollo, implementación y evaluación de políticas, programas e intervenciones. Este enfoque colaborativo garantiza que las intervenciones se adapten a las necesidades, preferencias y contextos específicos de las personas y comunidades a las que se presta servicio.
Principio 12 - Competencia profesional
Los miembros de ISSUP se comprometen a mantener y mejorar su competencia profesional a través de la educación, la capacitación y el desarrollo continuo. Se mantienen actualizados con las últimas investigaciones, prácticas basadas en evidencia, estándares/directrices y consideraciones y avances éticos en el campo del uso de sustancias. Además, mejoran continuamente sus conocimientos, habilidades y capacidades para poder ofrecer servicios efectivos y de calidad.
Principio 13 - Consentimiento informado
Los miembros de ISSUP dan prioridad a la obtención del consentimiento informado de los clientes antes de cualquier evaluación, intervención y actividades relacionadas con la investigación. Proporcionan información clara, completa y comprensible a los destinatarios de la actividad, asegurándose de que tengan la capacidad de tomar decisiones informadas sobre su atención, tratamiento y participación en la investigación, respetando su autonomía y derecho a la libre determinación.
Referencias adicionales:
- UTC 8: Ethics for Addiction Professionals
- International Standards on Drug Use Prevention, Second updated edition. Vienna: United Nations Office on Drugs and Crime and the World Health Organization, 2018. Licence: CC BY-NC-SA 3.0 IGO.
- WHO/UNODC (2020) World Health Organisation/United Nations Office on Drugs and Crime ‘International Standards for drug use disorder treatment’, WHO, Geneva.
- European Drug Prevention Quality Standards (EDPQS)
- CCSA-Professionalism-Ethics-Summary-2017
- MNPRC - Introduction to Ethics
- NAADAC Code of Ethics
- EUPC Code of conduct and practice
- MRC Attendee Code of Conduct
- OAS-CICAD CODE OF CONDUCT